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Amenazas atribuidas a detenido por caso Abinader: penas varían según hechos que se prueben

hace 5 horas
2 min de lectura

Delvinson de la Cruz Sosa, de 29 años, está bajo investigación y el Ministerio Público solicitó tres meses de prisión preventiva. Amenazas y atentados constituyen figuras legales diferentes.


Vista del Palacio de Justicia de San Francisco de Macorís, donde se tramita expediente sobre presuntas amenazas al presidente Luis Abinader
Palacio de Justicia de San Francisco de Macorís, donde se tramita la solicitud de medida de coerción. Fotografía de archivo: Aneudy Tavárez / Diario Libre.

SANTO DOMINGO. La investigación contra Delvinson de la Cruz Sosa, de 29 años, detenido por presuntas amenazas al presidente Luis Abinader, plantea distintas posibilidades jurídicas que no deben confundirse con una condena. El Ministerio Público presentó una solicitud de tres meses de prisión preventiva en San Francisco de Macorís y señaló que investiga la eventual planificación de un atentado. La pena que pudiera imponerse, si llega a demostrarse alguna infracción, dependerá de la conducta efectivamente probada y de su calificación por el tribunal.


Qué sanciones contempla la figura de amenazas


El artículo 154 del Código Penal dominicano, en su versión unificada con modificaciones de 2026, establece para una amenaza de muerte, en las circunstancias previstas por la norma, penas de uno a dos años de prisión menor y multa de tres a seis salarios mínimos del sector público. El mismo artículo contempla sanciones diferentes para otras modalidades de amenaza, según sus elementos.


También existen figuras legales distintas relacionadas con la intimidación de funcionarios públicos, los actos de terrorismo y las agresiones contra las instituciones del Estado. No basta con que la persona afectada sea el presidente para aplicar automáticamente cualquiera de esas sanciones más elevadas: deben acreditarse todos los requisitos previstos por la ley. La investigación no equivale a una determinación judicial de responsabilidad.


Los hechos que examina el Ministerio Público


De la Cruz Sosa fue detenido el 3 de noviembre durante allanamientos practicados en una vivienda de Vista del Valle, en San Francisco de Macorís. Los fiscales también intervinieron una ferretería donde trabajaba. Las autoridades informaron del levantamiento de equipos electrónicos y sustancias químicas, que requieren análisis para establecer si guardan relación con los hechos investigados.


Según documentación judicial citada por la prensa, la alerta que motivó las diligencias aludía a un posible atentado previsto para el 6 de noviembre, Día de la Constitución. Ese supuesto plan forma parte de la hipótesis investigativa y no debe presentarse como un hecho consumado ni como una intención demostrada en sentencia.


La orden judicial de los allanamientos y la solicitud de coerción se refieren a una investigación de presunta naturaleza terrorista. Corresponde a la fiscalía presentar pruebas y a los jueces evaluar si cumplen los estándares legales para cualquier medida cautelar o una eventual acusación.


Medida de coerción no es condena


La solicitud de tres meses de prisión preventiva pretende asegurar los fines del procedimiento durante la investigación. No constituye una pena impuesta por culpabilidad, y el tribunal puede aceptar, modificar o rechazar la petición de acuerdo con los elementos conocidos en audiencia.


Es indispensable distinguir amenazas, preparativos, tentativa y ejecución de un ataque: cada figura demanda pruebas concretas y puede llevar a consecuencias jurídicas diferentes. Hasta que las autoridades judiciales se pronuncien, el imputado conserva la presunción de inocencia y el derecho a la defensa.

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